Sustento Legal
Trámites De Patente Nacional e Internacional
de Una Fórmula Magistral Mexicana
Tomando como base conocimientos en el área de regeneración celular, principalmente de aquellos que tienen que ver con la migración de las células mesenquimales procedentes de la médula ósea, que arriban y regeneran por vía sanguínea los diferentes tejidos dañados (Migración Celular Regenerativa) y sobre todo por la respuesta positiva de algunas enfermedades a la terapia con inductores químicos. En el año 2012 se decide iniciar los trámites para patentar esta terapia en el ámbito nacional e Internacional, ya que hasta esa fecha no existía otro compuesto similar que prometiera aplicaciones y beneficios múltiples a futuro en el área de la medicina regenerativa, como lo dejó en claro la aplicación de este compuesto en algunos padecimientos.
En 2013 el Dr. Gerardo Martín González López patenta nacional e internacionalmente de forma única y sin precedentes en el mundo una terapia a base de inductores de regeneración celular, los cuales pueden regenerar tejidos en sus propios nichos celulares.
Por otra parte, actualmente en nuestro país contamos con una legislación vigente aprobatoria en materia de investigación y terapias con células madre, mediante una reforma a la ley General de salud en materia de células troncales, aprobada por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores y finalmente aprobada por el Ejecutivo Federal y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero del 2013, esta legislación federal sin duda alguna pone a México en un lugar privilegiado a nivel mundial para la investigación científica y terapias con células madre.
El tratamiento (los inductores) se obtienen con sustancias plenamente autorizadas, señala lo que legal y científicamente valida las terapias con las que trata a sus pacientes: “Hoy en día existe una Ley General de Salud que ya tiene las reformas pertinentes que autoriza, con todo el marco legal, este tipo de medicina regenerativa y terapias celulares para ser utilizadas de acuerdo con los requerimientos que establecen las autoridades.
Legislación Histórica Vigente en México
La Terapia de Regeneración Celular cuenta con una validez que rebasa nuestras fronteras, porque hoy en día la FDA de Estados Unidos y la EMA de Europa, ya las han autorizado. Esto existe a nivel mundial en los artículos donde estas terapias ya tienen un reconocimiento y una validez oficial extraordinaria, y que decir en el área de la investigación, donde prácticamente ya encontramos una cantidad incontable de artículos que demuestran la efectividad de este tipo de terapias. Ahora la legislación vigente en la Ley General de Salud, las aprobaciones de la FDA, de la EMA y de todos estos organismos internacionales, son más que un aval para poder utilizar esta terapia.
Este tipo de terapia, a nivel mundial y nacional y en nuestra experiencia personal, ha tenido una muy buena respuesta, aunque no existe ningún tratamiento perfecto, sin embargo, el porcentaje de efectividad es muy alto mismo que ha sido certificado ante el Notario Público N° 39 del Estado de México y comprobado por muchas autoridades en la materia.
Intervención de un Médico Militar en la Reforma de la Ley General de Salud.
La medicina se ha convertido en una necesidad fundamental de la humanidad, debido a la gran cantidad de enfermedades que la aquejan, por lo que un tratamiento adecuado para establecer la salud se convierte en lo más preciado para cualquier persona que presenta de algún padecimiento, sobre todo, aquellos se consideraban incurables.
Dicho tratamiento ha sido más que probado en miles de pacientes, cuyas vidas eran aquejadas por enfermedades crónico degenerativas y que han tenido una nueva oportunidad para restablecer su salud con este tratamiento innovador.
Debido a lo anterior, en México fue necesario hacer una reforma a la Ley General de Salud, con el fin de que se pudiera trabajar dentro del margen de la legalidad con estos procedimientos, que han dado buenos resultados y que han sido avalados por las autoridades de salud en nuestro país y certificados ante notario público, a fin de dar la certeza jurídica que amerita algo tan delicado como lo es la salud de las personas.
Para conocer dicha enmienda a la Ley de Salud, conversamos con una persona que participó directamente en el Congreso de la Unión para que esto fuera posible, él es el ingeniero Omar Rodríguez Cisneros, quien siendo diputado en la LXI Legislatura y al pertenecer a la Comisión de Salud, tuvo que recurrir al coronel González López para solicitar su asesoría y contar con una voz experta en el tema.
Luego de varios años de que fue modificada la Ley General de Salud, conversarnos con el ingeniero Omar Rodríguez Cisneros a fin de que nos comparta en que consistió esa reforma y como participó el coronel González López para hacerla posible.
Ingeniero Omar Rodríguez Cisneros, Diputado en la LXI Legislatura, Perteneciente a la Comisión de salud
Beneficios de la Nueva Ley de Salud
El ingeniero Rodríguez Cisneros ha desempeñado diversos cargos de elección popular, como administrativos: Regidor, síndico del H. Ayuntamiento de Ciudad Nezahualcóyotl; diputado federal por el Distrito 30 del Estado de México en la LXI Legislatura; coordinador de Desarrollo Social del Gobierno del Estado de México en la Región de Texcoco; Presidente del Comité Municipal del R.R.; y actualmente regidor en el Estado de México.
Comenzó por explicarnos cómo era la Ley General de Salud antes de la Reforma: "México no contaba con una legislación aplicable al respecto, que facilitara el desarrollo integral de los centros de investigación y aplicación de tratamientos que pueden brindar a cualquier persona la oportunidad de salvarle la vida.
La Constitución Política en su Párrafo Tercero, del Artículo Cuarto, menciona que tenemos derecho a la salud, pero deja muchas lagunas en el campo de la investigación de la medicina, asimismo, las autoridades pertinentes, en este caso la COFEPRIS, no contaban con las herramientas de ley y normativas, para llevar a cabo las verificaciones correspondientes en instituciones privadas que estaban iniciando con tratamientos de medicina regenerativa". Señaló lo que se modificó en dicha Ley: "Fue el Articulo 32ibis, que ahora señala que la Secretaría de Salud promoverá que en todo establecimiento de atención obstétrica, se solicite sistemáticamente a toda mujer embarazada, su consentimiento para donar de manera voluntaria y altruista la sangre placentaria para obtener de ella células troncales o progenitoras para usos terapéuticos o de investigación, por medio de una carta de consentimiento informado, garantizándole en todo momento su plena voluntad, libertad y confidencialidad, de conformidad con las demás disposiciones jurídicas aplicables.
Asimismo, en el Artículo 327, se señala que no se considerarán actos de comercio la recuperación de los costos derivados de la obtención o extracción, análisis, conservación, preparación, distribución, transportación y suministro de órganos, tejidos, incluyendo la sangre y sus componentes, y células progenitoras o troncales".
Explicó lo que permite la Ley con la reforma: "Se ampliaron las fuentes de obtención de las células progenitoras hematopoyéticas, ya que la sangre del cordón umbilical ha tenido un gran éxito en su aplicación para tratamientos hematológicos. Esto ha motivado el desarrollo de centros dedicados a la recolección, procesamiento, estudio y a la preservación de este tipo de células obtenidas de la sangre placentaria del cordón umbilical, cuyo objetivo primordial es servir a los centros de trasplante, entregando en la cabecera del enfermo la mejor unidad disponible, que debe superar un estricto control de calidad para que asegure su funcionalidad".
También explicó la valiosa participación del Coronel González López para que esto fuera posible: "En aras de contar con un asesor confiable y tomando en consideración los recursos humanos con los que cuenta el Ejército Mexicano, recurrí a uno de los médicos más eminentes en esta área, el coronel médico cirujano Gerardo Martín González López, quien cuenta con un amplio currículum en el ámbito de investigación del tema, respaldado por su publicación en el año 2009 del libro que habla de terapia celular con células madre y medicina regenerativa, por lo que solicité su asesoría en cada paso y proceso de la elaboración de la iniciativa de reforma sobre células troncales. Él es una persona muy amable y humana, con un gran sentido del deber hacia México y a la salud de las personas, un médico militar ejemplar entregado a cualquier persona que lo necesita.
Después del trabajo que realizamos, confirmo que fue la decisión más acertada al acudir con el doctor González López para que nos asesorara en el tema de células troncales y medicina regenerativa, ya que cuenta con el conocimiento y la experiencia que México necesita".
A unos años de la reforma, el ingeniero Rodríguez Cisneros puntualizó los beneficios que trajo la enmienda:
"Ahora ya se puede considerar materia de salubridad general la disponibilidad de células progenitoras, que deben ser de acceso equitativo, eficiente y seguro; la Ley ya incluye las definiciones de: Células progenitoras, troncales o células madre, disposición, terapia de acondicionamiento, trazabilidad, medicina regenerativa, uso alogénico, uso autólogo y uso terapéutico.
Además, se creó un Capítulo III Bis denominado: De la Disposición de Células Progenitoras para uso Terapéutico, para lo cual, la Secretaría de Salud emitirá las normas oficiales mexicanas para la organización, control y vigilancia de los establecimientos públicos y privados para la disposición de células progenitoras para uso terapéutico; asimismo, se encargará de la coordinación y promoción de la investigación, la innovación tecnológica en materia de células madre.
Aunado a ello, los establecimientos de salud que dispongan de células progenitoras con fines terapéuticos requerirán de autorización sanitaria otorgada por la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
Finalmente, ahora ya se consideran dentro de los institutos nacionales de salud, al Instituto Nacional de Medicina Regenerativa, para la regulación, promoción, fomento y práctica de la investigación y aplicación médica del conocimiento sobre la medicina regenerativa".
Subrayó los galardones a que se hizo acreedor el coronel González López y cómo comprobó por sí mismo la efectividad de dicha terapia: "El doctor González López ha sido reconocido y galardonado por diversas instituciones a nivel nacional e internacional, por sus logros al vencer enfermedades con su medicina regenerativa a base de inductores y por su aportación a la ciencia y la humanidad. En mi caso particular, pude comprobar su efectividad ya que tuve algunos problemas de salud y Gracias a Dios y al doctor González López, gozo de muy buena salud".
Con el entusiasmo que caracteriza a una persona que recuperó al cien por ciento su salud, envió un mensaje a nuestros lectores “No dudo de que todo aquello que emprendas se convertirá en un éxito. Solo te pido que no te pierdas, que la rutina o deje que olvides tus metas y sueños”.
Logró obtener en Europa la patente internacional de su Terapia de Regeneración celular en mayo del 2010 y cuenta con algunos secretos industriales nacionales e internacionales.
Fe de Hechos
El coronel González López, con el propósito de contar con un respaldo legal que certifique los casos de éxito utilizando las terapias con inductores de regeneración de células madre, acudió a la Licenciada Araceli Hernández de Coss, notaría pública No. 39 del Estado de México, quien además de recabar testimonios de diversos pacientes para dar fe de la efectividad de estos procedimientos, vivió personalmente la
recuperación de su salud por los mismos, luego de un accidente que la mantuvo doblegada por un dolor intenso y la probabilidad de quedar invalida, y esto fue lo que nos compartió:
"Un notario, entre otras cosas, da fe de hechos que puede percibir por sus sentidos, para que quede registrado de acuerdo a un protocolo, el cual se robustece con fotografías, asentando todo lo que se dice y adjuntando toda la documentación que se le entrega para ese fin, con el propósito de expedir el acta correspondiente.
Por el trabajo que se realizó en la clínica del coronel González López, sirvió para extender esa constancia jurídica, donde se da fe de todas las evidencias médicas de los pacientes, que de manera positiva han vivido la reacción a estas terapias.
Desde mi punto de vista profesional y con las diferentes fes de hechos que yo he dado, y con base en todas las evidencias médicas y clínicas de diferentes personas, he podido ver en diferentes personas un nivel de mejoría muy grande, que hasta daban ganas de llorar de ver como los padres agradecían el beneficio que habían recibido. Ellos de su puño y letra me autorizaron sus testimonios para dar fe de lo que ellos vivieron.
Luego de presenciar estos hechos, yo le dije al doctor que Dios le ayudé, para que a estas personas no les suceda lo que sucedió conmigo luego de una caída que sufrí, porque quisieron rasparme la columna, ya que tenía una infección. Fue ahí cuando el doctor me preguntó qué era lo que había pasado y le platiqué la problemática tan fuerte de dolor que me inutilizaba para hacer muchas cosas.
Inicié con la aplicación de las terapias en enero de 2017, y desde el segundo mes yo ya me sentía perfectamente bien, hice mi vida normal y cuando otros médicos que venían de Cuba revisaron mis radiografías, dijeron que con lo que me sucedió, yo no podría haber caminado, porque lo que tenía era fractura de dos vertebras y pérdida del disco intervertebral, lo que ameritaba una operación. Ahora hago yoga y tengo una vida normal, porque ya no tengo dolor.
Soy ignorante en materia de medicina, porque yo soy abogada, pero me apliqué el tratamiento porque los médicos ya no sabían que hacer, me inyectaban y aun así no me quitaban el dolor y en la búsqueda de una alternativa acepté que me aplicaran este tratamiento y ahora estoy bien, lo digo con mucho cariño y respeto al coronel González López, a quien he extendido el documento correspondiente porque los hechos ocurridos aquí son reales".
Licenciada Araceli Hernández de Coss, Notaría Pública No. 39
Imagen Revista Armas
Año.78 No.501